La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación presentado por la Fundación Hay Derecho contra la decisión de la Audiencia Nacional de inadmitir el recurso por el nombramiento de Mariano Bacigalupo como consejero de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Para la Audiencia Nacional, esta fundación carecía de por legitimación activa para impugnar este nombramiento. Fue en noviembre del año 2022 cuando Hay Derecho interpuso un recurso Contencioso-administrativo contra el nombramiento de Bacigalupo, cónyuge de la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, doña Teresa Ribera, como consejero de la CNMV, tras haber cesado en su cargo como consejero de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Para ser vocal de la CNMV se requiere, según el artículo 23.2 c) del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, ser persona «de reconocida competencia en materias relacionadas con el mercado de valores». Noticia Relacionada estandar No El Supremo aparta a la socialista Magdalena Valerio del Consejo de Estado por falta de prestigio jurídico Nati Villanueva Pese a su «meritoria carrera funcionarial», sentencia que la exministra no es una jurista reconocida Para la fundación, la experiencia profesional de Bacigalupo como profesor de derecho administrativo «no parece demostrar la existencia de la mencionada competencia». Además, señala que el hecho de que estuviera próximo a finalizar su mandato en la CNMC, un organismo regulador con funciones no directamente relacionadas con las de la CNMV, reforzaba esta perspectiva. De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, los miembros del Consejo, incluyendo al presidente y al vicepresidente, son designados por el Gobierno, a propuesta del ministro de Economía y Competitividad, entre individuos de reconocido prestigio y competencia profesional en el ámbito de actuación de la Comisión . El ámbito de actuación de la Comisión, según su artículo 5, consiste en preservar y promover la competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos en beneficio de los consumidores y usuarios, recuerda Hay Derecho. En su recurso, sostienen que aunque es cierto que no siempre se han nombrado para la CNMC y la CNMV a personas con la competencia reconocida tal como lo exigen sus normas reguladoras, este caso representa un salto inusual: de un organismo regulador con un mandato próximo a expirar a otro organismo regulador con un mandato completo por delante . «Esta situación cobra mayor relevancia debido al vínculo marital entre el candidato y una ministra del Gobierno, lo que sugiere la necesidad de precaución para evitar posibles conflictos de intereses «, recuerdan los recurrentes. Aunque el recurso está en estos momentos en un fase inicial, la de la mera admisión, y por lo tanto no se ha procedido aún a su estudio, la fundación «salvó» ya hace unos meses ese requisito de la legitimación activa por parte del Supremo cuando consiguió tumbar el nombramiento de la presidenta del Consejo de Estado Magdalena Valerio por no ser una «jurista de reconocida competencia». De esta forma, si el Supremo se ratifica en esta legitimación activa, puede obligar a la Audiencia Nacional a resolver sobre el fondo del asunto: si el nombramiento cumple con las exigencias legales.
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Author : (abc)
Publish date : 2024-04-01 15:28:54
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