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Piden prisión a un socio de una cooperativa por la muerte de un trabajador aplastado por alpacas

Piden  prisión a un socio de una cooperativa por la muerte de un trabajador aplastado por alpacas



Un socio de una cooperativa agrícola de Santaella se enfrenta a cuatro años y seis meses de cárcel acusado de un delito de homicidio imprudente y otro contra el derecho de los trabajadores por la muerte del conductor de un camión aplastado por bloques de alpaca cuando descargaba las alpacas en las instalaciones de la empresa. Este acusado contaba con antecedentes en relación a la falta de seguridad en el trabajo. Este trabajador había sido contratado dos años antes por esta cooperativa para realizar las funciones de conductor de camión durante la campaña de la paja y los forrajes. El día 10 de julio de 2018 la empresa le encargó que trasladase en un camión, al que venía acoplada una plataforma remolque , alpacas de paja, desde una finca sevillana hasta las instalaciones de esta cooperativa agrícola de Santaella. Para ello, otros operarios de la sociedad colocaron en el lugar de origen las pacas en el semirremolque y el conductor amarró la carga con las eslingas. Sobre las 15.30 horas, el conductor de esta carga había realizado ya tres viajes y en ese momento, en el lugar habilitado para ello en la nave de esta localidad de la Campiña , se dispuso a soltar la eslingas, comenzando por las más cercanas a la cabina, empezando por las transversales y terminando por las dos horizontales. Sin embargo, en un momento en el que el conductor se colocó de espaldas a la carga, en la zona trasera, de forma repentina, las cinco últimas pacas de paja, cayeron sobre el operario, que quedó sepultado y tristemente falleció debido al aplastamiento. Se da la circunstancia de que el acusado -uno de los socios de la sociedad cooperativa- se encargaba de velar por la salud de los trabajadores, a pesar de que se encontraba inhabilitado en la fecha de los hechos en virtud de sentencia judicial precisamente condenado por un delito contra los trabajadores. Sin embargo, el acusado, según el fiscal, consintió que sus trabajadores realizaran el transporte y la descarga de la mercancía sin haber evaluado previamente los riesgos derivados de la estiba y desestiba y por ello sin haber adoptado ninguna medida preventiva que hubiera evitado los riesgos, y en su caso, la muerte del conductor. Esto se produjo porque el acusado no comunicó a la empresa de prevención de riesgos que tenia contratada, que su cooperativa, además de recolectar el forraje, se dedicaba también al transporte de la cosecha y por ello, la técnico que acudió a evaluar los riesgos de la cooperativa en el mes de enero del 2018 no incluyó en su informe nada relacionado con dicha actividad, ni formó a ninguno de los seis trabajadores de la sociedad cooperativa sobre la forma de apilar paquetes de paja en el semirremolque ni en el modo de transportarlos con las debidas condiciones de seguridad. De este modo, puesto que el acusado no formó ni informó a los trabajadores de la forma segura de colocar los paquetes en el camión, la carga se había ubicado sobresaliendo al menos 50 centímetros de la plataforma del camión, y ante el desconocimiento de este conductor del riesgo que corría por su falta de formación, cuando retiró las eslingas se situó delante de los paquetes de alpaca, que cedieron ante su mala distribución y abatieron al trabajador. La cooperativa tenía concertado un seguro de responsabilidad civil con una aseguradora. El acusado fue condenado en virtud de sentencia firme de 15 de marzo de 2018 a la pena de seis meses de prisión por la comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y un delito de lesiones por imprudencia grave. El fallecido estaba casado y tenía dos hijos. Los hechos, a juicio del Ministerio Público, son constitutivos de un delito contra el derecho de los trabajadores y un delito de homicidio por imprudencia grave. La Fiscalía añade que concurre en el acusado la circunstancia agravante de reincidencia en relación con el delito contra los derechos de los trabajadores por lo que procede imponer al acusado, una pena de dos años y seis meses de prisión, así como 4.200 euros de multa. Del mismo modo, el fiscal pide inhabilitación especial para el cargo de encargado de la vigilancia de la salud de los trabajadores durante dos años años y seis meses. A esto se suma que la acusación pública pide para el procesado por el delito de homicidio imprudente dos años de prisión y una indemnización para la familia del fallecido de más de 200.000 euros. El juicio se celebrará el próximo mes en un Juzgado de lo Penal de la capital cordobesa.



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Author : (abc)

Publish date : 2024-10-15 23:47:18

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