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Esta es la multa por revender un décimo de Lotería de Navidad

Esta es la multa por revender un décimo de Lotería de Navidad



Los décimos para el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad están disponibles para su compra desde el pasado 11 de julio hasta el próximo 21 de diciembre, preparando el terreno para una jornada muy especial repleta de esperanza y emoción. En esta edición, Loterías y Apuestas del Estado distribuirá la colosal cifra de 2.702 millones de euros. Asimismo, entre las diversas opciones para participar en el sorteo, se encuentran la adquisición de décimos individuales, compartirlos con familiares y amigos o mediante las conocidas participaciones , donde se aporta una proporción del coste del décimo según las personas involucradas en el reparto. Sin embargo, al comprar nuestros décimos para la Lotería de Navidad de 2024 , existe la posibilidad de que algunos quieran sacar provecho de ellos y los revendan a un precio mayor al estipulado, algo que la administración prohíbe tajantemente. Según el artículo 2 de la Instrucción General de Loterías, la reventa de los décimos de Lotería de Navidad se declara prohibida : «Considerada la Lotería Nacional como un servicio explotado por la Administración, y sus billetes como efectos estancados, se declara prohibida la reventa de los mismos con sobreprecio, castigándose esta reventa con arreglo a la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación». Por otro lado, el artículo 8 del mismo texto añade que «la venta de billetes sólo podrá efectuarse en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas, cuyos titulares, si lo estiman necesario, podrán valerse de vendedores autorizados que exclusivamente dependan de los mismos, en la forma que determinan los artículos 186 al 192 de esta Instrucción». Para distribuir lotería con recargo, una organización debe obtener permiso previo de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y, en ningún caso, puede añadir un sobrecoste superior al 20%. El proceso implica depositar los billetes en una entidad bancaria con el correspondiente resguardo, entregando al organismo el número de talonarios, el total de participaciones y su valor, junto con una fotocopia del resguardo del depósito. En relación con la sanción por revender un décimo , el colectivo de Técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda (Gestha) advierte que la venta a posibles defraudadores, interesados en blanquear dinero, podría resultar en el pago de hasta más de la mitad de las ganancias. En contraste, el comprador-defraudador solo pagará a Hacienda por el sobreprecio de la compra, con la opción de acreditar el origen de esos.



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Author : (abc)

Publish date : 2024-12-03 05:00:04

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